A un mes de su mandato el Presidente de la República de conformidad con la Constitución Política del Perú en su artículo 118 es quien dirige la política general del gobierno, por ello por medio del diario Oficial El Peruano se da ha conocer los ejes y lineamientos que regirán durante del presente periodo gubernamental. Por medio del D.S. Nº 056-2018-PCM se aprueba la Política General de Gobierno al 2021 el mismo que se desarrolla sobre cinco ejes y 18 lineamientos.
Teniendo como misión el desarrollo integral del país, es necesario que el Gobierno identifique un conjunto de ejes y lineamientos prioritarios, en concordancia con los lineamientos generales del discurso del Señor Presidente de la República del 23 de marzo de 2018 y los compromisos de política presentados en el discurso del Presidente del Consejo de Ministros ante el Congreso de la República del Perú, con fecha 02 de mayo de 2018; los cuales consideran los enfoques de garantía de derechos, interculturalidad, de prevención, de cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos y de desarrollo de las diversas potencialidades productivas de cada uno de los territorios del país, de sostenibilidad ambiental, con énfasis en la participación ciudadana y protección de las poblaciones más vulnerables.
Los ejes y lineamientos prioritarios tiene como fin superar las mayores brechas identificadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas, así como en los servicios elementales. Los que se orientan el desarrollo y actualización de políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales; y se encuentran en concordancia con las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de desarrollo Nacional y la Propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030.
En el se indica que el Gobierno tiene como prioridad lograr un país descentralizado, basado en el diálogo en el que el Estado es capaz de llevar servicios básicos y oportunidades de desarrollo a todos los ámbitos territoriales del país.
La Política General de Gobierno al 2021, es de aplicación inmediata para todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales; y, las entidades dependientes de ellos en el marco de sus competencias. Respecto a los indicadores clave de desempeño que sean relevantes para medir el avance en los lineamientos prioritarios al 2021 es responsabilidad de casa sector.
El mismo que tiene las siguientes disposiciones complementarias:
Primera.- Del cumplimiento de los Lineamientos Prioritarios de la Política General del Gobierno al 2021. A partir de la vigencia de la presente norma, los Ministros de Estado aprueban en el marco de sus competencias, los objetivos nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno durante el presente periodo gubernamental, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales.
Segunda.- Mejora en los mecanismos de recolección de información La Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, proponen mejoras en los mecanismos de recolección de información del Instituto Nacional de Estadística e Informática y de los registros administrativos que miden los avances de los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021 indicados en el artículo 4.
Tercera.- Seguimiento de compromisos de Gobierno La Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros se encarga del seguimiento del cumplimiento de un sub conjunto priorizado de los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno conforme sea encargado por el Presidente del Consejo de Ministros, para lo cual proveerá análisis para la detección de puntos críticos que afecten la entrega de resultados a la ciudadanía para la oportuna toma de decisiones.
El presente decreto es dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, por el Presidente de la Republica del Perú Martin Alverto Vizcarra Cornejo y refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros César Villanueva Arévalo. El mismo que entra en vigor el 24 de mayo del 2018.
Fuente: Diario Oficial El Peruano
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